Traslado de empresa a otra ciudad: derechos

Te han comunicado que el centro de trabajo cambia de ciudad y que, a partir de una fecha determinada, tendrás que incorporarte allí. La primera reacción suele ser de bloqueo, sobre todo si tienes hijos en el colegio, pareja con trabajo fijo en Bilbao o simplemente una vida construida aquí. La ley reconoce esta tensión y por eso regula con detalle qué puede exigir la empresa y qué puedes elegir tú.

 

 

Cuándo un cambio de centro es realmente un traslado

No todo cambio de lugar de trabajo tiene la consideración legal de traslado. Para que se aplique la protección específica del artículo 40 del Estatuto de los Trabajadores, el cambio debe exigirte un cambio de residencia, ya sea de forma definitiva o porque el desplazamiento supera los 12 meses dentro de un periodo de 3 años. Los tribunales han ido perfilando criterios orientativos para valorar cuándo se produce esta exigencia, como una distancia relevante entre tu domicilio y el nuevo centro, o un incremento notable del tiempo o del coste del desplazamiento diario.

Si el nuevo centro está a pocos kilómetros y no supone una alteración sustancial de tu vida cotidiana, probablemente estemos ante un simple cambio organizativo dentro del poder de dirección habitual de la empresa, no ante un traslado en sentido legal.

Qué debe cumplir la empresa antes de trasladarte

Un traslado no puede decidirse de forma arbitraria. La empresa debe justificarlo en razones económicas, técnicas, organizativas o de producción reales, y está obligada a notificártelo con una antelación mínima de 30 días antes de la fecha en que el traslado sea efectivo. Este plazo es más amplio que el de otras modificaciones precisamente por la magnitud del cambio que supone mudar de residencia.

 

DATOS

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CASOS

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Tus dos grandes opciones ante el traslado

Notificada la decisión, tienes derecho a elegir entre dos caminos, sin necesidad de justificar por qué eliges uno u otro:

Aceptar el traslado. En este caso, tienes derecho a una compensación económica que cubra tanto tus gastos como los de los familiares que dependan de ti, en los términos que se acuerden o que establezca tu convenio colectivo, que suele fijar mínimos superiores a los legales.

Extinguir tu contrato con indemnización. Puedes optar por no trasladarte y rescindir el contrato, con derecho a una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de doce mensualidades. No necesitas demostrar que el traslado te perjudica, el simple hecho de no querer asumirlo te da derecho a esta indemnización, que es superior a la de una modificación sustancial ordinaria.

Puedes consultar más información sobre este procedimiento en nuestra página de condiciones de trabajo y derechos laborales.

No todo cambio de lugar de trabajo tiene la consideración legal de traslado.

Puedes impugnar el traslado sin perder tiempo

Con independencia de que optes por trasladarte o por rescindir el contrato, tienes derecho a impugnar judicialmente la decisión de la empresa, si consideras que no está suficientemente justificada. Esta impugnación no paraliza la ejecutividad del traslado, es decir, si decides incorporarte al nuevo centro mientras se resuelve el proceso, puedes hacerlo con reserva de acciones, sin que eso suponga renunciar a tu reclamación.

Qué pasa si el traslado afecta a varias personas a la vez

Cuando el traslado alcanza a un número relevante de trabajadores en un periodo de 90 días, adquiere la consideración de traslado colectivo, lo que obliga a la empresa a abrir un periodo de consultas con la representación legal de los trabajadores antes de ejecutarlo. Si tu empresa no tiene representación legal constituida, este matiz puede ser especialmente relevante para valorar si el procedimiento se ha seguido correctamente.

 

 

 

Preguntas frecuentes

¿Puedo negociar quedarme en Bilbao aunque el resto del equipo se traslade?

La ley no obliga a la empresa a aceptar excepciones individuales, aunque nada impide negociarlo directamente. Si no hay acuerdo, tus opciones siguen siendo las dos que marca el artículo 40: trasladarte o extinguir el contrato con indemnización.

 

 

Sí, al tratarse de una extinción con causa reconocida legalmente, genera derecho a la prestación por desempleo si cumples los requisitos de cotización correspondientes.

 

 

El convenio actúa como suelo mínimo de derechos. Si establece compensaciones superiores a las legales, esas son las que se aplican, y conviene revisarlo antes de tomar cualquier decisión.

 

 

 

 

Si estás en esta situación

Decidir entre trasladarte o dejar tu puesto no es una decisión que deba tomarse con prisa ni sin información clara sobre lo que la ley te permite exigir. En Betolaza Egido Abogados ayudamos a trabajadores de Bilbao y de toda Bizkaia a valorar si el traslado está bien planteado y qué opción les conviene más según su situación personal. Te ofrecemos una primera valoración telefónica sin coste para resolver tus dudas antes de decidir.

 
 
 
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